Desde el pasado viernes 15 de marzo de 2024, tras su publicación en el BOE y con efecto al día siguiente de su publicación, se aplicará la limitación de precios en zonas declaradas tensionadas.
Con la nueva Ley de Vivienda vigente desde mayo de 2023, se cedió competencias a las CCAA para que estas junto con los ayuntamientos pudieran declarar municipios, barrios o determinadas zonas como áreas tensionadas. La vigencia de la declaración de un ámbito territorial como zona de mercado residencial tensionado será de tres años, pudiendo prorrogarse anualmente. Para que una zona sea declarada área tensionada se tienen que dar al menos algunos de los siguientes requisitos:
- Que la carga media del coste de la hipoteca o del alquiler en el presupuesto personal o de la unidad de convivencia, más los gastos y suministros básicos, supere el 30% de los ingresos medios o de la renta media de los hogares
- Que el precio de compra o alquiler de la vivienda haya experimentado en los cinco años anteriores a la declaración como área de mercado de vivienda tensionado, un porcentaje de crecimiento acumulado al menos cinco puntos porcentuales superior al porcentaje de crecimiento acumulado del índice de precios al consumo de la CA correspondiente
Una vez declarada un área como tensionada tenemos que distinguir si el propietario es un gran tenedor o no, o si la vivienda ha estado arrendada en los últimos cinco años, dándose los siguientes supuesto:
- El propietario no es un gran tenedor, la renta pactada en el contrato que se firme a partir de la entrada en vigor de la Ley, no puede superar a la renta pactada del contrato de arrendamiento anterior, que hubiese estado vigente durante los últimos cinco años.
Además, esa renta del nuevo contrato, actualizada anualmente, solo se podría incrementar en un 10% cuando:
Se acrediten obras de rehabilitación o de mejora que supongan un ahorro de energía o de la accesibilidad a la vivienda en los dos años anteriores a la fecha del nuevo contrato
Cuando el contrato de arrendamiento se firme por un periodo de 10 o más años
Se establezca un derecho de prorroga al que se pueda acoger voluntariamente el arrendatario, que le permita de manera potestativa prorrogar el contrato en los mismos términos y condiciones durante un periodo de 10 o más años.
- El propietario es un gran tenedor o la vivienda no ha estado arrendada en los últimos 5 años, la renta pactada al inicio del nuevo contrato estará limitada por el límite máximo del precio aplicable conforme al sistema de índices de precios arrendada y del edificio en que se ubique
El propietario es un gran tenedor o la vivienda no ha estado arrendada en los últimos 5 años, la renta pactada al inicio del nuevo contrato estará limitada por el límite máximo del precio aplicable conforme al sistema de índices de precios
El índice de referencia de rentas de alquiler de vivienda establece un límite mínimo y un limite máximo y será sobre este limite sobre los que tengan que oscilar los precios de alquiler
Existen diferentes variables que afectarán a la hora de calcular ese índice como la ubicación, superficie de inmueble, estado de conservación, certificado energético, años de construcción, así como si la vivienda está dotada de ascensor, aparcamiento, conserje o zonas urbanas
Por ahora, estos índices solo afectan a Cataluña, que es la única comunidad que ha declarado 140 municipios como zonas tensionadas, se prevé que en meses posteriores sean otras CCAA las que declaren áreas tensionadas.
Para poder consultar el precio de la renta de alquiler de una vivienda en zonas tensionadas se tendrá que acudir al siguiente enlace: https://serpavi.mivau.gob.es/
Fuente: ® apivirtual.com